Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres

El día 14 de febrero de 2.018, de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, del SERVEF, se convocaron, para el año 2.018, las subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento.

Los aspectos más relevantes contenidos en dicha Resolución:

Objeto:

La concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del Programa de fomento del trabajo autónomo, por el que se otorga una subvención en concepto de renta de subsistencia a las personas desempleadas que acceden a su empleo a través de la creación de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores.

Beneficiarios:

Las personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia.

Cuantía:

  1. El importe global máximo estimado para financiar estas subvenciones será de 1.650.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del SERVEF para 2018.
  2. La cuantía de la subvención se determinará en función de la pertenencia de la persona solicitante en el momento del alta como personal autónomo a alguno de los siguientes colectivos:
    • a) personas desempleadas en general: 2.500 euros
    • b) personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros
    • c) personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500 euros
    • d) mujeres desempleadas víctimas de la violencia sobre la mujer: 4.500 euros.

Los importes establecidos en las letras a, b y c se incrementarán en 500 euros en el caso de las mujeres.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 15 de febrero al 1 de octubre de 2018